Seguro de Vida Colectivo

Orientado a empresas, asociaciones o colectividades, para brindar la protección del seguro de vida a todos sus miembros, mediante una póliza maestra a la cual se adhieren todos sus integrantes.
Seguro Colectivo de Vida para Cubrir Saldos Deudores :
Seguro de Accidentes Personales:
- Seguro contra Accidentes personales "Individual y Familiar" :
- Seguro contra Accidentes Personales "Colectivo" :
- Seguro contra Accidentes Personales "Escolar" :
Seguro de Vida Individual
Riesgos Ordinarios de Tránsito
- Plan Temporal Renovable (n) años:
- Seguro de Vida con ahorro , Plan Vital:
Cubre los saldos de las obligaciones adquiridas por una persona, exigibles a su fallecimiento, y es contratado por la entidad acreedora, cuyo interés asegurable es el importante del saldo.
Esta póliza cubre al asegurado a un costo sumamente bajo, cuando por causas accidentales muere, sufre de invalidez, incapacidad y/o incurre en gastos médicos. Se ofrece a través de las siguientes modalidades:
Se puede contratar en forma individual o para asegurar a un núcleo familiar (cónyuges e hijos dependientes menores de 23 años).
Orientado a empresas, asociaciones o colectividades, para brindar la protección del seguro a todos sus miembros, emitiendo una sola póliza maestra.
Específicamente cubre a los alumnos de establecimientos educativos. Cubre gastos médicos ocasionados por un accidente, ya sea dentro o fuera del establecimiento educativo.
Cubre cualquier pérdida por causa externa, exceptuando las exclusiones que se detallan en las condiciones generales de la póliza.
Alta cobertura contra el riesgo de muerte, no importando su causa, por medio de pagos periódicos considerablemente económicos, y garantizando a cada año la renovación del mismo. Se conceden descuentos en las primas, luego de que el asegurado mantenga en vigor su seguro por lo menos durante 5 años. Contempla la oportunidad de convertirlo a un programa que forme ahorro, y así tener un capital que garantice un fondo de jubilación, una renta vitalicia, o bien para cubrir cualquier otra circunstancia del asegurado.
Además de cubrir la muerte del asegurado, este seguro contempla la creación de un fondo de reserva para garantizar un fondo de jubilación, una renta vitalicia, o para cubrir cualquier circunstancia del asegurado.